miércoles, 26 de septiembre de 2007

RELACION DE LA INFORMATICA CON AREAS DEL DERECHO

CONSTITUCIONAL:HABEAS DATA
El advenimiento de la Internet ha acrecentado los riesgos a los cuales está expuesta la vida privada de las personas en la sociedad de la información, en particular, aquellos derivados del tratamiento de datos personales a consecuencia de la utilización de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, todo esto nos hace cuestionarnos sobre cuál debe ser el rol del Derecho ante la referida problemática.Si a esto le sumamos que el avance desenfrenado de las nuevas tecnologías de la información, trajo como consecuencia el manejo arbitrario de los datos personales, y por ende, la necesidad de garantizar la seguridad pública que presupone la privacidad, derecho que radica en la dignidad de la persona humana.
http://www.uca.edu.py/revista_juridica/articulos.php?id=11



PENAL:DELITOS INFORMATICOS
Con el término delito informático aglutinamos los hechos que, basándose en técnicas o mecanismos informáticos, pudieren ser tipificados como delito en el Código Penal, tales como: delito de estafa, delito contra la propiedad intelectual e industrial, etc. Debido a los avances tecnológicos y a los nuevos mecanismos para delinquir se ha hecho necesario introducir y modificar determinados artículos que permitan aglutinar éstos. http://www.microsoft.com/spain/empresas/legal/delitos_informaticos.mspx?gclid=CPe-tO6p4Y4CFR78gAodcnrY0

PROCESAL:COMO MEDIOS DE PRUEBA
El examen sobre si una legislación procesal propuesta es compatible con un sistema informático, no se puede determinar de modo abstracto, sino frente a una legislación en concreto. Pero es conveniente que la legislación se desarrolle de modo conjunto con la pautas informáticas.
En la actualidad el sistema de diagramas de flujo y diagramas de tareas ya no resultan tan útiles a la informática computacional como lo fueron en principio, pues el avance de la misma y los programas actuales, requieren desde hace tiempo, otra concepción en la construcción estructural.
Sin embargo, para el proceso, las leyes, y los sistemas de organización, como para determinar los flujos de tareas sencillos, como son los del tribunal, todavía son bastante adecuados.Para poder estimar la relación entre un sistema cualquiera y una legislación es conveniente determinar en qué lugar del sistema se ubica dicha legislación y en el caso concreto un Código procesal civil y comercial

CIVIL:CONTRATOS INFORMATICOS

El desarrollo de las nuevas tecnologías ha propiciado el nacimiento de una nueva forma de contratación y de nuevas modalidades contractuales.
En cada uno de los contratos se ha de prestar especial atención a su redacción, formalización y negociación.
El rellenar un simple modelo de contrato no garantiza los efectos deseados, ya que una mala redacción de las mismas puede dar lugar a resultados y consecuencias jurídicas no deseadas. Se hace necesario conocer y respetar la legislación contractual a la hora de redactarlos, por ello las empresas y los consumidores en general han de poner en manos de abogados y profesionales del derecho la redacción de sus contratos, dada la complejidad de la materia y del lenguaje jurídico y técnico empleado en su redacción.
Son muchos y variados los tipos de contratos que pueden hacernos falta a la hora de desarrollar nuestro negocio en Internet, y es bueno y aconsejable siempre estar en posesión de ellos y contar con unos modelos personalizados que no dejen escapar ningún aspecto que consideremos necesario.

http://www.contratosinformaticos.com/

COMERCIAL:PROTECCION DEL SOFTWARE


La Protección Jurídica del Software tiene por objeto preservar los derechos de quien, mediante la inversión de tiempo y esfuerzo además de la labor intelectual desarrollada, crea un programa de ordenador o software, de manera que se impida la vulneración de sus derechos por parte de terceros.Asimismo, y por motivos similares a lo que ocurre con el software, el fabricante de una base de datos ve reconocidos sus derechos, fruto de la inversión sustancial efectuada y siempre y cuando concurran los requisitos de originalidad necesarios, mediante un doble marco de protección, los derechos de autor y el denominado derecho sui generis.

INTERNACIONAL PUBLICO: FLUJO DE DATOS TRANSFRONTERAS

La solución jurídica arbitrada por el Derecho internacional a la cuestión del movimiento internacional de datos pasa grosso modo por considerar que entre dos países afectados por un flujo de datos a través de sus fronteras, la información deberá circular tan libremente como en el interior de cada uno de los territorios respectivos, siempre y cuando el nivel de protección otorgado al individuo en cada uno de los ordenamientos afectados sea similar.En rigor, la exigencia de tal homogeneidad se realiza a través de una terminología diversa, ya que mientras en algunas ocasiones se prescribe que "la legislación de los países afectados (...) ofrezca garantías comparables de protección de la vida privada" (Principio 9 de las Naciones Unidas), en otros casos se exige que "el tercer país de que se trate garantice un nivel de protección adecuado.

INTERNACIONALPRIVADO;MERCADO INFORMATICO
Entre la informatica y el derecho internacional privado se nota una relacion fundamental ya que a traves de la informatica e inherente a ella la internet aparece el mercado informatico que traspasa las fronteras y brinda servicios informáticos destinados a robustecer los conocimientos técnicos existentes, como también satisfacer necesidades del mercado, con miras a optimizar las redes instaladas, mediante la incorporación de los avances tecnológicos que aseguran disponer de toda la información que su empresa necesita para operar con eficiencia en el competitivo segmento de la actividad en donde usted se encuentra inserto.

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"El justo y el injusto no son productos de la naturaleza, sino de la ley."